Lo mas importante en caso de filtración de agua, es determinar el origen de la avería, para posteriormente enfocar el problema, plantear la solución y reclamar al causante su responsabilidad. Los daños producidos por agua, pueden tener su origen bien desde lo privativo o desde las instalaciones comunitarias, por tanto pueden ser de nuestra propia vivienda o de viviendas colindantes, o también de la Comunidad, por lo que en caso de tener dudas sobre el origen de las mismas, y ante la elevada conflictividad vecinal que generan estas incomodas e inesperadas averías, lo aconsejable siempre es acudir en un primer término a nuestro seguro privativo, y que este a través de un Informe o técnico determine el origen de los daños y por consiguiente el responsable, posteriormente y ya conocido éste hecho, se procede a reclamar la reparación y los daños.
Por lo tanto, una vez se haya descartado mediante informe pericial que las tuberías, los aparatos o las instalaciones de nuestra vivienda, no son los causantes de los daños, y determinado el origen de la filtración que ha provocado los daños, pediremos la reparación inmediata por recomendación del técnico o según designe el Informe; Pudiera ser que el seguro advierta que se trata de una avería de una instalación comunitaria (bajante, ascendente etc.), entonces deberemos de ponernos en contacto con su Administrador de Fincas, para que den parte al seguro de la Comunidad, y si el seguro de la Comunidad no tuviera cubiertos los daños por agua, la Comunidad deberá de asumir la reparación, los daños y su coste.
Existen tres supuestos que pueden ser los causantes de la avería ya sea por roturas o falta de mantenimiento.
- Pisos Colindantes
- La Comunidad de Propietarios
- Ayuntamientos
Los Pisos Colindantes
En el caso de que sea uno de nuestros vecinos debemos pedirle por la vía amistosa solicite la visita de su seguro privativo para que adjudique o excluya de la responsabilidad de los hechos, aportándole copia del informe pericial elaborado por nuestro seguro, para que entregue a su Compañía aseguradora y se agilicen las gestiones.
La Comunidad de Propietarios
En las Comunidades de Propietarios es muy frecuente los daños ocasionados por agua debido a la falta de mantenimiento, ya sea en la red de saneamiento, arquetas o bajantes de aguas fluviales o fecales. En este caso debemos acudir al Presidente de la Comunidad o Administración de fincas si fuese el caso, para que den parte al Seguro de la Comunidad y solicitar la visita de un técnico y/o perito.
Es importante para el propietario afectado estar presente el día que se efectué la visita, y conocer de primera mano la causa de la avería, ya que si el origen de los daños es por falta de mantenimiento el seguro no se hace responsable, abriéndose dos vías de reclamación como afectados reclamaremos a la Comunidad de Propietarios y esta a su vez a las Empresas de mantenimiento de la finca, si las hubiera tenido contratadas.
Ayuntamientos
Según el Art. (139.1 LPAC) los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Publicas correspondientes como consecuencia del mal funcionamiento de los Servicios Públicos o de la Actuación de sus autoridades.
Esta situación suele producirse en casos de inundación de locales o pisos bajos que, debido a una mala o escasa limpieza en la red de saneamiento del alcantarillado, se ven obstruidas y desbordadas en los periodos de lluvia.
El procedimiento habitual para este tipo de casos es dar aviso a nuestro seguro privativo para que valore los daños y determine la causa de estos mediante un Informe.
Por otro lado debemos dirigir reclamación al Ayuntamiento para que te certifique si había falta de mantenimiento con base al Dictamen de la aseguradora y con la respuesta que te den, proseguir la reclamación contra el mismo Ayuntamiento, por funcionamiento anormal de los Servicios Públicos prestados, para que se hagan cargo de los daños.